El Ayuntamiento de Sevilla ha aprobado una modificación de la ordenanza municipal para endurecer la regulación de los patinetes eléctricos (vehículos de movilidad personal), con nuevas obligaciones de seguridad, limitaciones de velocidad y sanciones económicas que pueden alcanzar los 500 euros.
Uso obligatorio de casco, chaleco y seguro
Entre las principales novedades destaca la obligación de llevar casco homologado y chaleco reflectante, además de alumbrado reglamentario.
También será necesario disponer de seguro de responsabilidad civil, certificado de circulación y registro en la DGT, en línea con los requisitos estatales para los vehículos de movilidad personal.
Asimismo, los patinetes deberán ser unipersonales, por lo que transportar a más de una persona será sancionable.
Límites de velocidad y circulación
La ordenanza fija nuevas limitaciones para la circulación:
- Máximo de 15 km/h en carriles bici
- 10 km/h en zonas compartidas con peatones
- Solo podrán usar vías ciclistas los patinetes de hasta 250 W de potencia
Además, continúa la prohibición de circular por aceras, zonas peatonales o túneles urbanos, así como estacionar en lugares no habilitados.
Edad mínima y sanciones
La edad mínima para conducir patinetes se mantiene en 15 años, y circular por debajo de esa edad se considera infracción grave con multas económicas.
Las sanciones por incumplimiento de la ordenanza pueden oscilar entre 50 y 500 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción, incluyendo manipular el vehículo o carecer de documentación obligatoria.
Entrada en vigor
La nueva normativa municipal estaba prevista para aprobarse definitivamente y entrar en vigor durante el primer trimestre de 2026, tras su tramitación en pleno.
Paralelamente, desde 2026 la normativa estatal introduce requisitos como el seguro obligatorio y la identificación de estos vehículos, con periodos de adaptación para los usuarios.



