El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Granada ha dictado una sentencia que condena al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a indemnizar a una enfermera del Distrito Sanitario de Granada y Metropolitano por los días trabajados entre 2018 y 2021 asumiendo el cupo de pacientes de compañeros sin sustitutos para cubrir sus vacaciones.
La sentencia, ganada por la asesoría jurídica del Sindicato de Enfermería, SATSE, en Granada y contra la que no cabe recurso, reconoce a la enfermera su derecho a percibir una compensación económica por el exceso de pacientes que tuvo que asumir al atender los suyos propios y el cupo adicional de otros compañeros cuyas vacaciones no estaban siendo sustituidas por la Gerencia del Distrito Sanitario.
En este sentido, SATSE explica que el fallo judicial reconoce la vigencia del pacto suscrito entre el SAS y las Organizaciones Sindicales en la Mesa Sectorial de Sanidad sobre mejora en la sustitución del personal sanitario en los Distritos de Atención Primaria de 13 de junio de 2005 cuyo objetivo era fijar la incentivación económica para el personal que por insuficiencia o imposibilidad de cobertura de ausencias en periodos de licencias, permisos o vacaciones masivas asuman un cupo adicional.
Un pacto que, como señala el Sindicato de Enfermería, que el SAS incumple de forma sistemática obligando a los profesionales a recurrir a los tribunales para ganar este derecho.
En este caso concreto, la sentencia reconoce a la enfermera recurrente su derecho a percibir 3.757,01 euros en concepto de productividad por asunción de cupo durante los años 2018 a 2021.
SATSE se ha congratulado de este fallo judicial a la vez que advierte que no se trata de una reclamación aislada, ya que son numerosas las demandas interpuestas por los profesionales que se encuentran en distintas fases de su tramitación y las sentencias favorables ganadas en términos similares.
Por este motivo, SATSE ha instado a reclamar su compensación económica con carácter retroactivo a los profesionales que se hayan visto obligados a asumir el cupo y el trabajo asistencial de sus compañeros de Equipo Básico de Atención Primaria (EBAP) que no fueron sustituidos por vacaciones o ausencias reglamentarias, recordando que se trata de un concepto recogido en las sucesivas resoluciones de retribuciones del SAS hasta el año 2021 incluido.
Concluye el Sindicato de Enfermería lamentando que, una vez más, tenga que ser la Justicia la que tenga que reconocer derechos a los trabajadores del SAS, en este caso a percibir un incentivo económico por garantizar la asistencia sanitaria en el ámbito de la Atención Primaria cubriendo con su sobreesfuerzo una nefasta política de personal en la Sanidad andaluza.