Las ayudas para cooperativas andaluzas y sociedades laborales destinadas a fomentar la creación de empleo en empresas de economía social mantienen abierto su plazo de solicitud hasta el 31 de agosto de 2026 a las 23:59 horas, con subvenciones que pueden alcanzar los 10.000 euros por persona en incorporaciones como socias trabajadoras o de trabajo y en contrataciones de gerentes o personal técnico especializado.
Ayudas para cooperativas andaluzas con plazo abierto hasta el 31 de agosto
Las cooperativas y sociedades laborales inscritas en Andalucía afrontan los últimos días para solicitar las subvenciones convocadas por la Junta para fomentar el empleo en empresas de economía social. El plazo permanece abierto hasta el 31 de agosto de 2026 a las 23:59 horas, por lo que la convocatoria entra en una fase decisiva para las entidades que hayan incorporado o prevean incorporar personas dentro del periodo subvencionable.
La línea de ayudas se enmarca en el Programa de Apoyo a la Promoción y el Desarrollo de la Economía Social para el Empleo y corresponde a la Línea 1. Fomento del Empleo en Cooperativas y Sociedades Laborales. La convocatoria fue publicada en el BOJA y se tramita en régimen de concurrencia competitiva, con una dotación total máxima de 3 millones de euros para el ejercicio 2026.
El interés público de la convocatoria reside ahora en la proximidad del cierre del plazo. No se trata de una ayuda recién publicada, sino de una línea ya activa cuya utilidad para cooperativas y sociedades laborales depende de que la solicitud se presente dentro del periodo establecido. El BOJA advierte que las solicitudes presentadas fuera de plazo serán inadmitidas, con notificación personal a la entidad interesada.
Dos medidas para crear empleo y profesionalizar entidades
La convocatoria incluye dos medidas diferenciadas. La primera apoya la incorporación de personas como socias trabajadoras o de trabajo en cooperativas y sociedades laborales. La segunda subvenciona la contratación de gerentes y personal técnico especializado, una vía orientada a reforzar la profesionalización de estas entidades.
En ambos casos, la cuantía máxima puede alcanzar los 10.000 euros por persona a jornada completa, siempre de acuerdo con los requisitos establecidos en las bases reguladoras. Para la medida 1.1, la ayuda se vincula a cada persona incorporada como socia trabajadora o de trabajo en una cooperativa o sociedad laboral. Para la medida 1.2, la cuantía se refiere a cada persona contratada por una sociedad cooperativa o sociedad laboral a jornada completa.
La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo ha vinculado esta línea al fomento del empleo estable, cualificado y de calidad en cooperativas y sociedades laborales. La información difundida por la Junta precisa que las incorporaciones subvencionables son las formalizadas entre el 30 de agosto de 2025 y el 31 de agosto de 2026, fecha que coincide con el límite para presentar solicitudes.
Presentación electrónica y concurrencia competitiva
Las solicitudes deben presentarse por vía electrónica. La resolución de convocatoria establece que la presentación se realizará única y exclusivamente de forma telemática, conforme a lo previsto en la normativa administrativa aplicable, y a través de los registros electrónicos correspondientes.
La convocatoria se resuelve en régimen de concurrencia competitiva. Esto significa que no basta con cumplir los requisitos formales, sino que las solicitudes se valoran conforme a los criterios objetivos establecidos en las bases reguladoras. La resolución fija un plazo máximo de tres meses para resolver y publicar la concesión, contado desde el día siguiente al cierre del plazo de presentación.
El pago de la subvención concedida se materializará mediante un pago único, previa comprobación de la documentación acreditativa. Las entidades beneficiarias deberán justificar antes del cobro la realización de la actuación que motiva la ayuda y el cumplimiento de los requisitos aplicables.
Reparto provincial del crédito disponible
La convocatoria distribuye el crédito de los 3 millones de euros por provincias, ya que el ámbito territorial de competitividad de la Línea 1 es provincial. Ese reparto se realiza en función del número de entidades de economía social constituidas e inscritas en los registros de cooperativas y sociedades laborales de la Junta en cada provincia durante 2025.
La mayor asignación corresponde a Málaga, con 958.678 euros, el 31,96% del total. Le sigue Sevilla, con 570.248 euros, el 19,01%. Almería cuenta con 413.223 euros; Granada, con 297.521 euros; Huelva, con 223.140 euros; Córdoba, con 198.347 euros; Jaén, con 181.818 euros; y Cádiz, con 157.025 euros.
Este reparto no implica una concesión automática de ayudas, sino una distribución inicial del crédito disponible para la evaluación de solicitudes en cada ámbito territorial. La resolución contempla la posibilidad de una resolución complementaria si, tras la concesión, existen sobrantes en alguno de los ámbitos territoriales y se modifica la distribución de los créditos.
Últimos días para cooperativas y sociedades laborales
La cercanía del 31 de agosto convierte la convocatoria en una información especialmente útil para cooperativas y sociedades laborales que hayan incorporado personas socias trabajadoras o de trabajo, o que hayan contratado perfiles gerenciales o técnicos especializados dentro del periodo subvencionable.
Para estas entidades, la fecha clave no es solo administrativa. Una vez cerrado el plazo, las solicitudes fuera de tiempo serán inadmitidas. Por ello, la presentación electrónica antes de las 23:59 horas del 31 de agosto de 2026 marca el límite efectivo para optar a unas ayudas que pueden alcanzar los 10.000 euros por empleo en los supuestos previstos por la convocatoria.



