Las ayudas de FPE con contratación en Andalucía mantienen abierto hasta el 9 de octubre de 2026, o hasta el agotamiento del crédito disponible, el plazo para que empresas y entidades de formación soliciten subvenciones destinadas a programas presenciales para personas desempleadas vinculados a puestos de trabajo concretos.
Ayudas de FPE con contratación abiertas en Andalucía
La Junta de Andalucía mantiene abierto el plazo para solicitar las ayudas destinadas a programas formativos de Formación Profesional para el Empleo con compromiso de contratación dirigidos a personas desempleadas. La convocatoria, dotada inicialmente con dos millones de euros, permite a empresas y entidades de formación financiar acciones presenciales vinculadas a necesidades concretas de contratación en el territorio andaluz.
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 9 de octubre de 2026, salvo que el crédito disponible se agote antes. La convocatoria fue publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el 11 de junio y se concede en régimen de concurrencia no competitiva, por lo que las solicitudes se tramitan conforme se presentan siempre que cumplan los requisitos establecidos y exista disponibilidad presupuestaria.
El objetivo de estas subvenciones es facilitar que la formación responda a necesidades reales del mercado laboral. Para ello, los programas deben estar directamente relacionados con la contratación comprometida, de forma que las personas desempleadas reciban una preparación ajustada a los perfiles que posteriormente demandan las empresas.
Un presupuesto inicial de dos millones de euros
La convocatoria cuenta con una dotación inicial de dos millones de euros, distribuida en dos anualidades: 1,2 millones correspondientes a 2026 y 800.000 euros para 2027. Esta financiación se destina a la puesta en marcha y realización en Andalucía de programas formativos en modalidad presencial, dirigidos a personas trabajadoras desempleadas.
La Junta calcula que estas ayudas podrían alcanzar a unos 200 alumnos. Si se aplica el compromiso mínimo exigido, la convocatoria podría traducirse en al menos unas 80 incorporaciones laborales, al estar fijada la contratación mínima en el 40% del alumnado que finalice la formación.
Las acciones subvencionadas deben pertenecer a especialidades incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral. La oferta formativa de cada programa debe ajustarse a las necesidades de contratación acreditadas por las empresas o entidades solicitantes, evitando que la formación quede desligada de una salida profesional concreta.
Compromiso mínimo de contratación del 40%
Las empresas que participen en la convocatoria deben comprometerse a contratar al menos al 40% de las personas que finalicen la formación. Las entidades de formación también pueden acceder a las ayudas, bien asumiendo directamente ese compromiso o mediante acuerdos o convenios con empresas que se encarguen de realizar las contrataciones.
Los puestos de trabajo derivados de estos programas deberán ubicarse dentro de la comunidad autónoma andaluza. En el caso de las empresas, el compromiso se entiende desarrollado en Andalucía cuando tengan en alta, o prevean tener en alta, un código de cuenta de cotización a la Seguridad Social en una provincia andaluza.
La convocatoria establece además plazos concretos para formalizar las contrataciones. Los contratos deben realizarse en un máximo de dos meses desde la finalización de la formación y tener una duración mínima de seis meses a jornada completa o de nueve meses si son a tiempo parcial. Este requisito vincula la ayuda pública no solo a la impartición de cursos, sino también a la incorporación laboral posterior de las personas formadas.
Programas presenciales ligados a puestos reales
Las ayudas están diseñadas para programas presenciales y vinculados a necesidades concretas de contratación. Esta condición resulta esencial, ya que la finalidad de la convocatoria no es financiar formación general sin conexión con el empleo, sino itinerarios orientados a cubrir puestos de trabajo identificados previamente por empresas o entidades.
Las entidades de formación solicitantes no pueden subcontratar la ejecución del programa formativo subvencionado con terceros. Esta limitación busca garantizar que la entidad beneficiaria asuma directamente la responsabilidad de la formación y del cumplimiento de las condiciones establecidas en la convocatoria.
Para las empresas, la línea puede resultar útil cuando necesitan incorporar perfiles específicos y encuentran dificultades para cubrirlos directamente en el mercado laboral. La posibilidad de formar previamente a las personas desempleadas permite ajustar competencias, contenidos y perfiles a las necesidades del puesto, siempre dentro del marco de las especialidades formativas autorizadas.
Una convocatoria útil para empresas y personas desempleadas
La permanencia del plazo abierto hasta el 9 de octubre convierte esta convocatoria en una oportunidad para empresas con necesidades de contratación a corto o medio plazo. También puede ser una vía para entidades de formación que trabajen con compañías dispuestas a incorporar alumnado una vez completado el itinerario.
Desde el punto de vista de las personas desempleadas, el interés de estos programas reside en que la formación se asocia a un compromiso mínimo de contratación. No garantiza la incorporación de todo el alumnado, pero sí obliga a que una parte relevante de las personas que finalicen la acción formativa pueda acceder a un contrato vinculado al programa.
La convocatoria mantiene así un enfoque doble: mejorar la cualificación de personas desempleadas y facilitar a las empresas la cobertura de puestos de trabajo concretos. El plazo continuará abierto hasta el 9 de octubre de 2026 o hasta que se agote el crédito previsto, por lo que las entidades interesadas deberán tramitar las solicitudes dentro de ese margen temporal.



