Continúan las anulaciones de condenas en el caso de los ERE en Andalucía. Este miércoles por la tarde salía de prisión Francisco Vallejo, ex consejero socialista jiennense, después de que el Tribunal Constitucional haya estimado de manera parcial su recurso de amparo, anulando así su condena de siete años de cárcel.
Una condena que le impuso la Audiencia de Sevilla por malversación en el «procedimiento específico» de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos y las ayudas arbitrarias a empresas con cargo a los fondos autonómicos.
Otra revisión del TC que se une a las ya conocidas en los últimos días (Magdalena Álvarez, Martínez Aguayo y a Serrano Aguilar), y que está suponiendo una voraz crítica por parte del Partido Socialista ante las actuaciones del Partido Popular a nivel jurídico, mediático y político.
Tribunal Constitucional
El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso de amparo interpuesto por Francisco Vallejo contra las sentencias de la Audiencia Provincial de Sevilla y de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que le condenaron por un delito de prevaricación en concurso medial con un delito de malversación, a las penas de 7 años y 1 día de prisión, con accesorias e inhabilitación absoluta por 18 años y 1 día, con accesorias.
El Tribunal ha declarado que se ha vulnerado su derecho a la legalidad penal y a la presunción de inocencia. En consecuencia, ordena retrotraer las actuaciones a la Audiencia Provincial de Sevilla para que dicte un nuevo fallo.
Las sentencias condenatorias consideraron que Vallejo Serrano, en su condición de Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, participó en la aprobación de los proyectos de ley de presupuestos para los años 2005 a 2009 y en la elaboración de distintas modificaciones presupuestarias por las que se incrementaban distintos programas.
Además, como presidente del IFA/IDEA, permitió que se siguiera realizando el pago de las ayudas sociolaborales concedidas por la Dirección General de Trabajo y que se siguieran firmando convenios entre estos organismos. Según las sentencias impugnadas, la realización de tales actos conllevó que terceros sustrajeran dinero público, sin que el recurrente realizara actuación alguna tendente a evitar ese proceder ilícito.
Abogada
Su abogada defensora, Encarnación Molino, ha celebrado que el Constitucional haya «acogido la tesis defendida todos estos años» por la representación de este ex alto cargo de la Junta de Andalucía.
«Este procedimiento nunca debió llegar tan lejos porque los órganos judiciales no pueden juzgar actos políticos y en este caso, se trataba de anteproyectos y proyectos de ley que habían sido aprobados por el Parlamento de Andalucía», ha esgrimido la letrada de Vallejo, exponiendo que en el caso de su defendido, «no se trataba de resoluciones administrativas, sino de meras propuestas para ser deliberadas en el Parlamento, donde podían ser aprobadas o no, por lo que no pueden ser resoluciones prevaricadoras».
«Son argumentos muy básicos y elementales que hemos venido sosteniendo todos estos años. Francisco Vallejo no cometió el delito de malversación, lo que hizo fue cumplir la Ley aprobada por el Parlamento de Andalucía. Su conducta estaba amparada por las leyes de presupuestos», ha dicho avisando de que «su condena fue injusta y produjo mucho daño».
«Ahora la sentencia del TC es un bálsamo para todos los que la sufrieron y abre nuevas expectativas para muchos de los que están acusados en las piezas separadas«, expone.