CCOO de Andalucía ha valorado el acuerdo alcanzado que ha dado como resultado el Estatuto del Becario, que nace con un doble objetivo: establecer unos derechos a las personas en periodo de prácticas y disuadir a las empresas que utilizan esta modalidad como una forma de evitar la laboralidad y contratación para su propia actividad.
El sindicato ha reclamado en numerosas ocasiones la importancia de dotar de un marco jurídico a las personas estudiantes que realizan prácticas fuera de los centros de formación desde el inicio de la creación de las prácticas curriculares. “Más allá de las modalidades de prácticas académicas existentes, todas tienen la función de puesta en práctica de una formación académica, siendo el único objetivo completar los conocimientos adquiridos”.
De hecho, la creación de un Estatuto para personas jóvenes en prácticas “no es un concepto nuevo para la organización, que ya en 2010 hablaba de ellos coincidiendo con la reforma de pensiones, donde se introdujo por primera vez la posibilidad de cotizaciones para jóvenes en prácticas”.
“Desde entonces hemos venido denunciando el doble escalón de acceso laboral para la juventud, denunciado el abuso de estas prácticas que ocultan una laboralidad manifiesta y casi una obligación necesaria para la obtención de experiencia sin compensación económica”, argumenta el sindicato que aclara que “han sido más de 10 años de denuncias donde incidimos directamente en la creación de una línea específica de trabajo en la inspección de trabajo andaluz contra la lucha del fraude en las prácticas”.
Tras la inclusión de compromisos concretos con respecto a la materia en el plan de choque de empleo juvenil 2019/2021 y la inclusión del mismo en el plan de resiliencia y transformación, junto al posterior desarrollo impulsado en la última reforma laboral por medio del Diálogo social, se ha conseguido firmar un Estatuto del Becario que beneficia a la gente joven y a la clase trabajadora en su conjunto.
Un acuerdo que lleva aparejado derechos y deberes que vinculan a estudiantes, centros formativos, universidades y empresas.
Entre los derechos que recoge el Estatuto se encuentran la compensación de gastos; la prevención de riesgos laborales; el establecimiento de descansos; permisos para ir al médico incluyendo la no repercusión en la evaluación en el caso de las prácticas curriculares; compatibilidad entre estudios y prácticas y la garantía de contar con una adecuada tutorización y formación por parte del centro de estudio y de la empresa.
CCOO ha destacado, asimismo, que el acuerdo contempla la presunción de laboralidad en caso de fraude, lo que prohíbe la realización de tareas que no son formativas como la sustitución del personal en vacaciones o la realización de las tareas que hacen los trabajadores en plantilla. Es por esto que se incorpora, tanto un régimen sancionador para prevenir y corregir los incumplimientos, como una labor de vigilancia por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que garantiza que su cumplimiento y será una de las prioridades del organismo.
Además, el Estatuto define las prácticas para evitar fraudes y establece un régimen sancionador disuasorio con cantidades que oscilan entre 70 y 225.018 euros, según el tipo de fraude que se cometa. Por otro lado, establece una limitación de la plantilla de becarios en un 20%.
Por otra parte, también se evita que las prácticas se realicen en horarios nocturnos y se limita el desarrollo de actividades calificadas como peligrosas por la ley, garantizando la formación y los recursos preventivos en el caso de que sean imprescindibles hacerlas.