El ganado ecológico en Huelva afectado por el incendio de Villanueva de los Castillejos podrá acogerse a un mecanismo excepcional de la Junta de Andalucía para utilizar alimentación no ecológica cuando las explotaciones no dispongan de recursos suficientes para mantener la dieta ecológica habitual.
El BOJA regula la excepción para el ganado ecológico en Huelva
La Junta de Andalucía ha establecido el mecanismo para autorizar, de forma excepcional, la alimentación no ecológica del ganado ecológico afectado por el incendio originado el 8 de junio de 2026 en Villanueva de los Castillejos, en la provincia de Huelva. La medida queda recogida en una resolución de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del 20 de julio.
La decisión responde a la situación de las explotaciones ganaderas ecológicas que han sufrido daños directos como consecuencia del fuego y que pueden haber perdido pastos, reservas o recursos alimentarios necesarios para mantener la producción conforme a las normas ordinarias de la ganadería ecológica.
La autorización no implica una suspensión general de los requisitos de producción ecológica. Se trata de una excepción temporal y condicionada, dirigida a atender los casos en los que resulte imposible garantizar la alimentación ecológica del ganado por los efectos del incendio. Por tanto, las explotaciones interesadas deberán acreditar que se han visto afectadas y ajustarse al procedimiento fijado por la administración autonómica.
El mecanismo se activa después de que el Consejo de Gobierno declarara desastre natural con incidencia en el potencial productivo agrario el incendio originado el 8 de junio en la provincia de Huelva. Esa declaración hace referencia a los daños ocasionados en infraestructuras, cultivos, cabaña ganadera, pastos, dehesa, recursos alimentarios, maquinaria agrícola y otros elementos vinculados a la actividad agraria.
Una medida vinculada a los daños del incendio
El incendio afectó a términos municipales de la provincia de Huelva como Villanueva de los Castillejos, Alosno, Gibraleón y San Bartolomé de la Torre. La declaración aprobada por el Consejo de Gobierno señala que el fuego provocó daños en el potencial productivo agrario y recoge la necesidad de impulsar medidas urgentes para paliar sus efectos en el campo onubense.
Dentro de ese marco, la excepción para la alimentación animal se centra en las explotaciones de ganadería ecológica situadas en los municipios afectados. El objetivo es permitir que puedan mantener la atención al ganado cuando el incendio haya eliminado o reducido de forma significativa los recursos ecológicos disponibles, especialmente pastos y reservas alimentarias.
La resolución publicada en el BOJA concreta que la autorización corresponde a la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria. Las explotaciones no podrán acogerse automáticamente a la medida, sino que deberán cumplir el trámite establecido y justificar la necesidad de recurrir a alimentación convencional mientras persista la situación excepcional.
Esta autorización puede resultar relevante para evitar problemas de abastecimiento alimentario en las explotaciones afectadas. También puede contribuir a reducir el riesgo de pérdida de animales o de interrupción temporal de la actividad ganadera, siempre dentro de los límites fijados por la normativa aplicable a la producción ecológica.
Procedimiento y control de las explotaciones afectadas
El carácter autorizado de la excepción es uno de los elementos centrales de la medida. La resolución no abre una vía general para sustituir la alimentación ecológica, sino que habilita una respuesta administrativa específica ante los daños provocados por el incendio. Cada explotación deberá acreditar su situación y justificar que no dispone de recursos suficientes para alimentar al ganado conforme al sistema ecológico ordinario.
El procedimiento adquiere especial importancia porque la ganadería ecológica se basa en requisitos de producción, manejo y alimentación que deben preservarse salvo en circunstancias excepcionales. La medida busca resolver una dificultad inmediata sin alterar el marco general de certificación ni los principios que rigen este tipo de producción.
La administración deberá determinar en cada caso si concurren las condiciones necesarias para autorizar la alimentación no ecológica. Entre los aspectos que deberán seguirse figuran el número de explotaciones que soliciten la medida, las autorizaciones concedidas, la duración efectiva de la excepción y su incidencia en la continuidad productiva de las fincas afectadas.
También será necesario observar cómo se articula esta medida con otras actuaciones orientadas a la recuperación de los pastos y recursos dañados por el fuego. La resolución responde a una urgencia concreta, pero la vuelta a la normalidad dependerá de la capacidad de recuperación del terreno, de los recursos disponibles en las explotaciones y de las medidas complementarias que puedan aprobarse para el sector agrario afectado.
Recuperación de pastos y certificación ecológica
La principal utilidad de la excepción es ofrecer una salida temporal a las explotaciones ganaderas ecológicas que no puedan alimentar a sus animales con recursos ecológicos tras el incendio. En este tipo de situaciones, la destrucción de pastos y reservas puede comprometer la viabilidad inmediata de la explotación, especialmente cuando el ganado depende de recursos propios o de disponibilidad local.
La resolución plantea, además, cuestiones que deberán ser objeto de seguimiento. Una de ellas es el periodo durante el cual permanecerá vigente la excepción en cada caso autorizado. Otra es el modo en que se preservará la trazabilidad y la certificación de los productos procedentes de explotaciones que hayan tenido que recurrir temporalmente a alimentación no ecológica por causa del incendio.
El seguimiento administrativo y sectorial será clave para conocer el alcance real de la medida. La información sobre explotaciones autorizadas, duración de las autorizaciones y necesidades de recuperación permitirá evaluar si la excepción resulta suficiente o si deben adoptarse nuevas actuaciones para apoyar la continuidad de la ganadería ecológica en las zonas afectadas.
La medida se enmarca en la respuesta pública a los daños provocados por el incendio de Villanueva de los Castillejos y mantiene el foco en una necesidad inmediata: garantizar la alimentación del ganado ecológico cuando los recursos habituales han quedado dañados o destruidos por el fuego.



