La Audiencia Provincial de Jaén considera probado que ocultaron cargas hipotecarias, falsearon documentación y vendieron inmuebles gravados a una quincena de compradores
La Audiencia Provincial de Jaén ha condenado a siete años de prisión a tres responsables de una promotora inmobiliaria por una estafa que afectó a una quincena de familias que adquirieron viviendas y locales comerciales en La Carolina convencidas de que estaban libres de cargas hipotecarias. La sentencia concluye que los condenados ocultaron deliberadamente la existencia de hipotecas sobre los inmuebles, falsificaron documentación y utilizaron el dinero de las ventas sin cancelar las deudas bancarias que pesaban sobre las propiedades.
El fallo judicial considera a los tres acusados autores de un delito continuado de estafa agravada en concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento mercantil, imponiendo además multas económicas, la inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y el pago de importantes indemnizaciones a los perjudicados. La resolución todavía no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Una promoción inmobiliaria marcada por el engaño
Los hechos se remontan al periodo comprendido entre 2008 y 2010, cuando la promotora Construcciones A.S. Igman S.L. comercializó hasta 17 viviendas y locales comerciales en La Carolina.
Según recoge la sentencia, los compradores fueron informados de que las viviendas se encontraban libres de cargas, cuando en realidad seguían gravadas con préstamos hipotecarios que nunca fueron cancelados por la empresa. Para generar confianza entre los adquirentes, los responsables de la promotora aseguraban que las hipotecas ya estaban liquidadas económicamente y que únicamente quedaba pendiente el trámite registral para formalizar su cancelación.
La investigación judicial concluye que esa información era falsa y que, incluso, llegaron a exhibir certificados bancarios falsificados y documentos manipulados para convencer a los compradores de que la situación jurídica de las viviendas era completamente regular.
El dinero nunca se destinó a cancelar las hipotecas
Uno de los aspectos más relevantes de la sentencia es la conclusión de que el dinero obtenido mediante la venta de los inmuebles no fue empleado para cancelar las cargas hipotecarias, sino que habría sido utilizado en beneficio de los responsables de la promotora.
Para el tribunal, los tres condenados actuaron de manera coordinada con el objetivo de obtener de forma rápida el importe de las ventas, ocultando información esencial a los compradores y creando una apariencia de legalidad mediante documentación manipulada.
Más de 1,8 millones de euros en indemnizaciones
Además de las penas de prisión, la Audiencia Provincial ha fijado una responsabilidad civil superior a 1,86 millones de euros, que deberán asumir solidariamente los tres condenados, declarando a la mercantil como responsable civil subsidiaria.
Las indemnizaciones individuales oscilan entre 22.524 y 185.954 euros, dependiendo del perjuicio sufrido por cada comprador. Asimismo, la sentencia establece el pago de 83.954,56 euros a una entidad bancaria afectada por los hechos.
Los notarios y las entidades financieras quedan exonerados
El tribunal ha rechazado atribuir responsabilidad civil subsidiaria a los notarios que intervinieron en las operaciones inmobiliarias.
La sentencia considera acreditado que estos profesionales cumplieron con sus obligaciones legales, informaron a las partes del contenido de las escrituras y realizaron las advertencias correspondientes sobre la situación registral de los inmuebles. Asimismo, recuerda que el Reglamento Notarial no hace responsables a los notarios de la veracidad de las manifestaciones realizadas por quienes firman las escrituras.
Del mismo modo, la Audiencia ha absuelto de responsabilidad civil subsidiaria a dos entidades bancarias y a la aseguradora de los notarios, al no apreciar participación en los hechos investigados.
Una sentencia que pone fin a años de espera
Durante el juicio, dos de los acusados trataron de atribuirse mutuamente la responsabilidad de los hechos, mientras que el tercero optó por no declarar. Finalmente, la Audiencia considera acreditada la participación directa y voluntaria de los tres en el fraude inmobiliario.
La resolución supone un importante paso para las familias afectadas, que durante años convivieron con la incertidumbre de haber adquirido viviendas cuya situación jurídica era muy distinta de la que se les había presentado en el momento de la compra. No obstante, el procedimiento judicial aún no ha concluido definitivamente, ya que la sentencia puede ser recurrida ante el TSJA.



