El Ingreso Mínimo vital es desde hoy una realidad y miles de personas ya se han interesado en solicitarlo
Desde hoy se puede solicitar. Además, quienes pidan la ayuda antes del 15 de septiembre la cobrarán tomando como referencia el 1 de junio, por lo que se prevé que su tramitación no sea inmediata pero sí cobrando efecto a fecha de solicitud.
Para resolver las dudas que puedan surgir a los ciudadanos durante el proceso de solicitud, la Seguridad Social ha habilitado el número de teléfono 900 20 22 22.
Los requisito para el acceso serán:
Para acreditar la identidad: DNI, libro de familia, o certificado de nacimiento.
Para acreditar la residencia legal en España: inscripción en el registro central de extranjeros, tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea o autorización de residencia.
Para acreditar el domicilio en España: certificado de empadronamiento.
Para acreditar la existencia de la unidad de convivencia: certificado de empadronamiento o libro de familia, certificado del registro civil, o inscripción en el registro de parejas de hecho.
El resto de comprobaciones serán automáticas y serán llevadas a cabo por la Seguridad Social. Se espera que para agilizar este tipo de ayudas, a los trámites se sumen en un futuro los ayuntamientos.
La titularidad de la ayuda será por familias y no por personas, por lo que solo una de las que compone la unidad de convivencia podrá pedirla.
La recomendación para realizar los trámites es a través de la Sede Electrónica, con acceso a través de certificado digitra o Cl@.ve