Ha habido que esperar dos años, pero finalmente el caso ha quedado resuelto con el final que se presumía desde un principio: el varón de nacionalidad boliviana, Alfredo G.C., acusado de la muerte de su pareja en el 2022 en la Macarena, en Sevilla, ha sido declarado culpable de matar «intencionalmente» a la mujer.
El caso saltó a los medios de comunicación, que desvelaron que el ahora culpable ocultó el cadáver entre unos juncos en el tramo del río Guadalquivir correspondiente al barrio de San Jerónimo; crimen que el inculpado había reconocido pero con la puntualización de que actuaba bajo los efectos del alcohol y movido por la «rabia» de los celos, con lo que según alegaba no era su intención matarla.
Frente a la tesis del inculpado, el jurado popular ha declarado por unanimidad que el acusado mató a su pareja, Virginia, también de nacionalidad boliviana y de 51 años de edad, «intencionalmente, por ser mujer y por el deseo de ruptura» de ella respecto a la relación sentimental que mantenían. Concretamente, que la jornada del 24 de abril de 2022, el acusado, su pareja y varias personas más celebraban una reunión en el citado piso de la calle Ágata, consumiendo cerveza desde tempranas horas, marco en el que Alfredo G.C. «propinó un fuerte golpe en la cara» a la mujer después de descubrir que la misma presentaba marcas de succión en el cuello y de que ella dijese que prefería a otro varón que había conocido.
El jurado ha declarado probado por unanimidad que dicha agresión supuso a la víctima un hematoma en la cara y que ante la agresión, las restantes personas que estaban en la vivienda intervinieron y Alfredo G.C. se marchó del piso, regresando horas más tarde, ante lo cual Virginia, que había continuado la celebración junto a sus acompañantes, optó por encerrarse en el dormitorio del piso.
Después, en algún momento de la noche o la madrugada, aprovechando que el resto de personas que habían participado en la celebración habían quedado dormidas en el salón, el inculpado se introdujo en el dormitorio, donde causó «intencionalmente» la muerte de su pareja «por asfixia mecánica y sofocación» y tras inmovilizarla, en un momento en el que la misma estaba «dormida» y afectada por el alcohol que había consumido durante la jornada, o sea de manera «súbita y sorpresiva» para la víctima, que estaba en una situación de plena «indefensión».
Se colocó encima de su pareja mientras ella dormía y «le presionó el cuello» valiéndose de un objeto, practicándole una «maniobra de sofocación» que le causó la muerte por «asfixia mecánica», siempre ante la situación de que ella había mostrado su deseo de «ruptura» de la relación, hechos por los que el inculpado ha pedido perdón en el juicio.
A partir de ahí, tras deshacerse del cadáver depositándolo en una zona de juncos del tramo del Guadalquivir correspondiente a San Jerónimo, el acusado se hizo con la tarjeta bancaria de la víctima y, en sucesivas extracciones a lo largo de varios días, se hizo con 8.140 euros de la cuenta, que era de propiedad «exclusiva» de Virginia.
Cabe destacar que se ha reconocido por el jurado popular que en el momento de la agresión previa al crimen el inculpado actuaba en un estado de «intoxicación» etílica que había afectado de manera «relevante» a sus facultades; por lo que la fiscal ha reducido de un año a diez meses su petición de cárcel por el delito de lesiones en el ámbito de la violencia sobre la mujer con la agravante de reincidencia; con lo que la solicitud de condena del Ministerio Público queda fijada en 28 años y diez meses de prisión.
La acusación particular que ejerce la familia de la víctima ha mantenido su petición de 29 años de prisión y la defensa ha solicitado la mínima pena posible por cada uno de los delitos.