6 febrero 2023
Crónica de Andalucía
Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Política
  • Economía
  • Educación
  • Sociedad
  • Opinión
  • Andalucía
    • Almería
    • Cádiz
    • Córdoba
    • Granada
    • Huelva
    • Jaén
    • Málaga
    • Sevilla
  • Política
  • Economía
  • Educación
  • Sociedad
  • Opinión
  • Andalucía
    • Almería
    • Cádiz
    • Córdoba
    • Granada
    • Huelva
    • Jaén
    • Málaga
    • Sevilla
Sin resultados
Ver todos los resultados
Crónica de Andalucía
Sin resultados
Ver todos los resultados

El voto por correo en Andalucía podrá recogerse y depositarse en un único acto

Redacción Redacción
14 de mayo de 2022
El voto por correo en Andalucía podrá recogerse y depositarse en un único acto

Las elección andaluzas mantendrán el protocolo covid para el voto por correo. La Junta Electoral Central (JEC) ha autorizado la aplicación de medidas de prevención de contagios de Covid-19 aprobadas para anteriores comicios celebrados durante la pandemia en la tramitación del voto por correo para las elecciones al Parlamento andaluz del próximo 19 de junio.

En concreto, desde Correos se elevó una consulta a la JEC sobre la posibilidad de adoptar en el proceso electoral andaluz un protocolo «excepcional» en la tramitación del voto por correo «para la protección de la salud pública y de los trabajadores de Correos ante la convocatoria de elecciones en situación de persistencia de pandemia».

Desde el inicio de la crisis sanitaria provocada por la Covid-19 se han celebrado en España elecciones autonómicas en País Vasco, Galicia, Cataluña, Comunidad de Madrid y Castilla y León, y, en ese contexto, desde la Junta Electoral Central se consideró que no había «inconveniente» en que el personal de Correos, a la hora de entregar la documentación electoral al elector, le pudiera «plantear la opción de que en ese momento –sin menoscabo del requisito del secreto del voto– el elector le entregue los sobres electorales, una vez cumplimentados por el mismo, a cambio de un justificante acreditativo del depósito de su voto».

Con esa opción se evita al elector «tener que acudir posteriormente a una oficina de Correos», según acordó la JEC en resoluciones de los pasados años 2020 y 2021 «sin perjuicio del derecho del elector a no entregar su voto en ese momento y a hacerlo después, dentro de los plazos legales, en una oficina de Correos».

Esta posibilidad, según trasladaron desde Correos a la Junta Electoral Central, «se recoge expresamente en el apartado segundo, último párrafo, del acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de marzo de 2022, por el que se establecen obligaciones de servicio público al prestador del servicio postal universal en las elecciones que se convoquen durante 2022».

La sociedad estatal de correos justificaba su consulta a la JEC al respecto de esta cuestión subrayando que las próximas elecciones andaluzas del 19 de junio se celebrarán «en un escenario de persistencia de riesgo epidemiológico similar al que propició» los referidos acuerdos de dicho órgano electoral.

Por eso, desde Correos se ha pedido a la JEC que, «en afán de proteger el valor medular que supone el derecho a la salud de todas las personas que participan en los comicios, tanto de los electores, como de los propios trabajadores» de la sociedad estatal, sopese «la continuidad de la medida preventiva excepcional» detallada sobre la entrega de la documentación electoral «en el domicilio del elector».

La Junta Electoral Central ha accedido al planteamiento de Correos en un acuerdo fechado el pasado 5 de mayo en el que remarca que dichas medidas para evitar contagios «han venido siendo aplicadas al voto por correo de todos los procesos electorales convocados desde que produjo la propagación de la pandemia de Covid-19», y teniendo en cuenta que «mantienen una actividad latente las sucesivas variantes del virus» que causa la actual crisis sanitaria.

Así, la JEC razona que «una elemental cautela aconseja que se continúen aplicando dichas medidas, en tanto en cuanto la experiencia acredita que han contribuido a mitigar el riesgo de contagio en anteriores procesos electorales salvaguardando, a la vez, el nivel adecuado de garantías que debe rodear el ejercicio del derecho de voto por correo, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General».

Más noticias

Premios Goya 2023 Sevilla
Sevilla

La ciudad de Sevilla se prepara para la semana previa a los premios Goya

5 de febrero de 2023
Firma CETEDEX Jaén Ministerio Defensa
Jaén

El Ayuntamiento de Jaén celebrará un pleno extraordinario sobre los terrenos del campus de CETEDEX

5 de febrero de 2023
Parquimetro Ayuntamiento Málaga Remunicipalización Aparcamientos
Málaga

El Ayuntamiento de Málaga ofertará para que la sociedad Smassa vuelva a ser íntegramente pública

4 de febrero de 2023

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Últimas noticias

Sevilla

La ciudad de Sevilla se prepara para la semana previa a los premios Goya

5 de febrero de 2023
Jaén

El Ayuntamiento de Jaén celebrará un pleno extraordinario sobre los terrenos del campus de CETEDEX

5 de febrero de 2023
Málaga

El Ayuntamiento de Málaga ofertará para que la sociedad Smassa vuelva a ser íntegramente pública

4 de febrero de 2023
Córdoba

La ministra Alegría reprocha a la Junta la poca inversión en Educación

4 de febrero de 2023
Almería

Almería como destino turístico está presente en Bruselas

4 de febrero de 2023
Andalucía

Reactivadas las negociaciones entre España y Marruecos para construir un túnel que conecte ambos países por el Estrecho

3 de febrero de 2023

RRSS Crónica de Andalucía

Aviso legal – Política de cookies – Contacto

Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Política
  • Economía
  • Educación
  • Sociedad
  • Opinión
  • Andalucía
    • Almería
    • Cádiz
    • Córdoba
    • Granada
    • Huelva
    • Jaén
    • Málaga
    • Sevilla
Gestionar el Consentimiento de las Cookies
Utilizamos cookies para optimizar nuestro sitio web y nuestro servicio.
Funcional Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos. El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin una requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de su proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarlo.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en un sitio web o en varios sitios web con fines de marketing similares.
Administrar opciones Gestionar los servicios Gestionar proveedores Leer más sobre estos propósitos
Ver preferencias
{title} {title} {title}