Desde el 1 de enero de 2024 todos los alumnos que realizarán prácticas formativas, remuneradas o no, cotizan a efectos de jubilación, incapacidad permanente y Muerte y supervivencia, en base al Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, que incorporaba una disposición adicional en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
¿Pero qué pasa con los alumnos que hicieron prácticas antes de 2024? La Orden ISM/386/2024, de 29 de abril, aquellos alumnos universitarios, de formación profesional, de enseñanzas artísticas superiores o enseñanzas deportivas del sistema educativo, que hubieran realizado prácticas no remuneradas antes del 1 de enero de 2024 o prácticas remuneradas antes del 1 de noviembre de 2011, podrán suscribir un convenio especial con la Tesorería General de la Seguridad Social, para que ese periodo les sea considerado como periodo cotizado.
¿Cómo y cuándo se podrá suscribir este convenio? Dicho convenio podrá realizarse, en el plazo máximo de dos años, a través del Registro electrónico de la Seguridad Social o por otros medios telemáticos establecidos. Junto a la solicitud, se deberá adjuntar certificación de la universidad, centro educativo o empresa, especificando si las prácticas fueron remuneradas y la duración de las mismas.
Se podrán regularizar hasta un máximo de cinco años de prácticas no remuneradas por esta vía.
¿Cuánto supondrá el convenio especial? La base de cotización del convenio especial estará constituida por la base mínima de cotización por contingencias comunes correspondiente al grupo 7 de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en el año 2024, a la que se aplicará un coeficiente reductor del 0,77.
Una vez calculado por la TGSS el importe total de la cotización a ingresar por este convenio especial, su abono se podrá realizar mediante un pago único o mediante un pago fraccionado con un máximo de 1.825 días de cotización.
¿Dónde puedo encontrar esa información y como puedo gestionarlo? La información referente a este convenio se publicará próximamente en la página web de la Seguridad Social, en un apartado específico informativo de este tipo de convenio especial -Inicio / Trabajadores / Afiliación / Convenios especiales.
El modelo de solicitud de alta, baja o variación de datos se pondrá a disposición de los ciudadanos en el apartado -Inicio / Trabajadores / Afiliación / Servicios de Afiliación / Modelos de solicitudes de trabajadores.
Y se habilitará la presentación telemática de solicitudes de este tipo de convenio especial por los servicios de registro electrónico, disponibles en Inicio / Ciudadanos / Afiliación, Inscripción y Modificaciones
Alfonso Muñoz Cuenca
Funcionario INSS
Me parece muy interesante esta faceta tuya de comunicador con la gente. Das mucha luz en todos los temas del INSS, que es algo que nos interesa a todos.