En las últimas semanas ha estado de máxima actualidad la reforma del artículo 49 de la Constitución, para sustituir el concepto de persona disminuida por el de persona con discapacidad. Pero debemos llamar también la atención de que la Carta Magna también emplaza a otra cuestión no menor, y es que llama a los poderes públicos a garantizar una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de tales personas, a los que deben amparar especialmente en el disfrute de los derechos que le son propios. A la par, hemos conocido el alcance de la gestión realizada en la Junta de Andalucía en la valoración de las personas con discapacidad a través de los centros de valoración y orientación (CVO) de ella dependientes. Hemos de tener en cuenta que esa valoración y acreditación certificada de tal condición de discapacidad y su porcentaje es la llave para el disfrute de tales derechos.
Y es que los derechos que les corresponden son múltiples e importantes, a saber: desde beneficios fiscales en un buen número de impuestos hasta los correspondientes al transporte, pasando por el posible acceso a las medidas de fomento del empleo, la necesaria adaptación de su puesto de trabajo, de acceso a la vivienda pública, posibles ayudas y subvenciones, y tantos otros más. Los artículos 24, 37 y 169 de nuestro Estatuto de Autonomía dan buena cuenta de ello.
Pues bien, como veremos a continuación es urgente acometer medidas que permitan remontar la deficiente gestión realizada si no queremos que para miles de personas de Andalucía tales derechos no sean más que una ficción, una teórica apariencia de poder beneficiarse de unas políticas públicas a las que no pueden acceder por no poder acreditar su legitima condición de persona discapacitada. Con los perjuicios que ello conlleva.
Para justificar tal afirmación me voy a centrar en la gestión de la valoración de las personas con discapacidad realizada en dichos centros de valoración y orientación (CVO) de la Junta de Andalucía, a tenor de lo recogido en el informe que ha realizado la Cámara de Cuentas de Andalucía (JA 10/2021), publicado en el BOJA del lunes 22 de enero, con un alcance temporal de los ejercicios 2020-2021. En dicho informe se analiza la evolución de indicadores en el período 2018-2021. Debe señalarse que 2018 fue el último ejercicio de los gobiernos socialistas.
Es necesario empezar por resaltar que dicho informe ha sido realizado con el objeto de una fiscalización operativa de dichos centros, buscando dictaminar si la gestión realizada en ellos se ajusta a los principios de eficacia, eficiencia y economía que deben presidir toda actuación pública. El trabajo lo ordena la Cámara a través de la formulación de unas preguntas de las que permiten extraer las correspondientes conclusiones, que tienen que ver desde los procedimientos que se siguen y los controles que se aplican en la gestión hasta los tiempos medios de gestión, los plazos, y análisis de datos comparativos entre ejercicios.
Lo primero que llama la atención es la conclusión a la que llega el fiscalizador de que el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad no se encuentra actualizado con la normativa vigente, habiéndose detectado incidencias al respecto, como es el caso de que durante el proceso de valoración no se actúe conforme al procedimiento establecido, o que no exista homogeneidad en la aplicación de los criterios de trabajo entre las distintas delegaciones territoriales, así como falta de coordinación entren todos los órganos implicados en la valoración de la discapacidad. En definitiva, procedimientos que no se actualizan y que además no se respetan, lo que indudablemente repercute en la inseguridad jurídica del procedimiento con afectación clara a los intereses de la persona potencialmente discapacitada.
Continúa la Cámara afirmando que no se han establecido suficientes indicadores que midan la eficacia, eficiencia y economía de la gestión, habiéndose detectado diferencias en los indicadores de eficacia y eficiencia entre los datos reportados que se indican en la Memoria de cumplimiento de objetivos, con los incluidos en los que elabora la DG de Personas con Discapacidad e Inclusión y los del sistema de información de los servicios sociales (SISS).
Desde el punto de vista presupuestario, el total de los gastos dedicados a la valoración de las personas con discapacidad en 2021 (19,077 M€) ha crecido solo un 4,73% respecto de 2018 (18,217 M€), siendo el gasto de personal el que más representa sobre el total, un 89%. Además, el número de profesionales que prestan servicio presenta una tendencia anual descendente.
Pero es que, de otro lado, los equipos de valoración y orientación con los que cuentan los CVO no alcanza la cifra mínima según la normativa. En 2018 la proporción de lo que representaban los equipos óptimos respecto a los reales era del 91% frente al 75% en 2021, con una disminución clara que afecta a la eficacia de su gestión.
Todo ello hace que el número de expedientes tramitados en los CVO también disminuyan, pasando de 157.369 en 2018 a una media de 133.659 en el período 2019-2021, un 15% menos. Eso explica también que haya caído el número de personas valoradas, pasando de 74.762 en 2018 a una media de 65.507 en el período 2019-2021, un 12% menos.
De otro lado, las valoraciones de personas realizadas por encima del plazo legal establecido, ha empeorado en 15 puntos porcentuales, pues en el período 2019-2021 fue del 81% frente al 66% en 2018. Pero de mayor entidad es la disminución del número de certificados de valoración, junto con el dictamen técnico-facultativo, emitidos en los CVO, que se ha hundido a la mitad, en 2018 ascendieron a 52.491 y en 2021 alcanzaron los 26.630.
A la vista de lo anterior creo que las variables que deben ser tenidas en cuenta para corregir los evidentes signos de una gestión en claro retroceso son: acortar el tiempo para la grabación de las solicitudes de las personas interesadas que no hace más que aumentar año a año, también actuar sobre el número de días que transcurren hasta que se otorga la primera cita de valoración (que se sitúa en más de 400 días para el grado de discapacidad) y el tiempo medio de valoración que conduce a la emisión del certificado (casi de 400 días).
Y necesariamente entre ellas, una de las primeras medidas con carácter inmediato debiera ser el aumento del número de equipos de valoración con que cuentan los CVO y del número de profesionales que los integran, que son actualmente un claro cuello de botella. Esta medida podría aprobarse por decreto-ley, pues sí creo que reúne los requisitos de extraordinaria y urgente necesidad a los que se refiere el artículo 110.1 de nuestro Estatuto de Autonomía y no las que llevaron a aprobar por Decreto-ley 11/2023 la subida de las retribuciones para los altos cargos de la Junta de Andalucía, incluido su presidente, que verá incrementada en 21,8% su retribución en 2024.
Debe saber la ciudadanía que nada lo impide a la vista de cuanto establecen los artículos 13.1 y 15 de la vigente ley de presupuestos de Andalucía para 2024. A medio plazo mediante la priorización de este servicio público en la aplicación de la tasa de reposición de efectivos de nueva incorporación en la oferta pública de empleo próxima a convocar y -mientras tanto- a través de la inmediata incorporación de funcionarios interinos para atender dichas necesidades urgentes e inaplazables, debidas a la acumulación y retrasos constatados en la tramitación de expedientes durante años.
Luis Miguel Jiménez Gómez
Economista